Cabeza, Marta2017-11-132017-11-132017http://hdl.handle.net/2133/9278El siguiente trabajo da cuenta del contexto en el que se encuentra inmerso el tercer acuífero más grande del mundo: El Acuífero Guaraní. Por un lado, los Estados titulares del recurso, Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay no han podido, aun, hacer operativas las normas que emanan del Acuerdo sobre el Acuífero Guaraní firmado en 2010 en la provincia de San Juan. Dicha instancia inicial de concertación, que incluso marcó vanguardia en materia de derecho internacional sobre acuíferos transfroterizos y que fue bienvenida por Naciones Unidas, no pudo atravesar los obstáculos que encontró en los poderes legislativos brasileños y paraguayos para su ratificación. Por otro lado, la Administración de Información Energética de Estados Unidos ha dado cuenta de las principales cuencas de hidrocarburos no convencionales alrededor del mundo. Una de ellas, la Cuenca Chacoparanaense, está ubicada en territorio coincidente en su mayor parte con el Acuífero. El problema radica en que la exploración y explotación de la Cuenca requiere de una técnica experimental y fuertemente cuestionada por diversos especialistas: la fractura hidráulica o fracking. Ha quedado comprobado que dicha técnica deja saldos ambientales elevados en los territorios en los que se la emplea. A pesar de ello, los Estados fundadores del MERCOSUR están dando los primeros pasos para su implementación. Ambas aristas de la coyuntura que rodea al Acuífero Guaraní, llevan a confirmar que el mismo es un recurso natural estratégico, que se encuentra insuficientemente regulado, y que paralelamente a ello, está siendo asechado por una amenaza concreta: la fractura hidráulicaapplication/pdfspaopenAccessAcuífero GüaraníFrackingFractura hidráulicaMercosurRecursos naturalesAcuífero Guaraní : el estancamiento del Acuerdo sobre el SAG y la amenaza real del Fracking : 2010-2016bachelorThesisAutorAtribución – No Comercial – Compartir Igual (by-nc-sa): No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original